Sentencia N° 438 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de abril de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0438, Exp. 13-1269, 11/04/2014
Expediente13-1269
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-04-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Alimentos Kellogg, S.A. contra la decisión del Tribunal Superior Tercero del Trabajo de Aragua, que declaró improcedente la solicitud de suspensión de efectos de una providencia administrativa. La apelante argumentó la existencia de un periculum in mora y la falta de competencia en el acto administrativo impugnado. Sin embargo, la Sala determinó que no se evidenció el requisito del periculum in mora, lo que llevó a declarar sin lugar la apelación y confirmar la decisión apelada.
Extracto de la motiva
Conforme a lo expuesto, el fumus boni iuris se constituye como el fundamento de la protección cautelar, dado que en definitiva sólo a la parte que tiene la razón en juicio pueden causársele perjuicios irreparables que deben ser evitados; mientras que el periculum in mora no es, pues, el peligro genérico de daño jurídico, al cual se puede, en ciertos casos, obviar con la tutela ordinaria; sino que es, específicamente, el peligro de la ocurrencia de daños irreparables o de difícil reparación a falta de la medida, o el peligro que sea imposible la ejecución del fallo que se produzca.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Alimentos Kellogg, S.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, mediante decisión de 1 de agosto de 2013. En consecuencia, CONFIRMA la decisión apelada.