Sentencia N° 438 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de julio de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 438, Exp. 02-276, 11/07/2002
Expediente02-276
PonenteFrancisco Carrasquero López
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-07-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Especial Agraria, decidió sobre un recurso de hecho interpuesto contra la inadmisibilidad de un recurso de casación. La sentencia de primera instancia había declarado sin lugar la regulación de competencia solicitada. La Sala determinó que el recurso de casación no era procedente, ya que la decisión sobre regulación de competencia no se encuentra dentro de los supuestos establecidos en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. Se reafirmó que las decisiones sobre regulación de competencia son inadmisibles para el recurso de casación.

Extracto de la motiva

El artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, enumera los fallos y autos contra los cuales puede proponerse el Recurso de Casación. Ahora bien: el precepto legal antes mencionado no señala el auto contra el cual se recurre, como de aquellos contra los cuales se pueda acudir al Tribunal Supremo de Justicia, y por tal razón, es preciso declarar inadmisible el Recurso intentado; y así se declara: Enseña el Dr. Borjas en su conocida obra de Procedimiento Civil que la Ley no contempla recurso alguno contra la sentencia que resuelva la competencia. Y la Corte Suprema de Justicia (en sent. 27/01/88, Pierre Tapia, Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, Tomo I,p. 78) estableció: '...una incompetencia declinada por el Juez Superior Jerárquico en función del Tribunal dirimente de la regulación de competencia, no tiene revisión alguna ante la Corte, pues la regulación es instancia única sobre competencia'. Por los razonamientos expuestos, este Tribunal administrando Justicia, declara inadmisible el Recurso de Casación interpuesto por el apoderado del demandado, contra la sentencia sobre incompetencia pronunciado por este Juzgado Superior.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto contra el auto de fecha 16 de abril de 2002, dictado por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Región Sur y de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, denegatorio a su vez, del recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 22 de marzo de 2002, emanada del referido Tribunal Superior. De conformidad a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al recurrente.

Palabras clave

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