Sentencia N° 437 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0437, Exp. 11-1609, 16/05/2012
Expediente11-1609
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2012-05-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por la Gobernación del Estado Monagas, en el que se impugnaba una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo que había declarado con lugar una demanda laboral. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y determinó que no se ajustaba a los fines del mismo, declarando su inadmisibilidad. Se destacó que la decisión del Juzgado Superior se encontraba ajustada a derecho y no se evidenciaron violaciones a normas de orden público.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social, a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Señala la recurrente: Que el Juez Superior consideró que, en base a las alegaciones de la parte actora y lo que en su defensa formuló la demandada en la contestación, surgió la presunción de la existencia de la relación de trabajo a favor del demandante, y que en virtud de ello la carga de la prueba era responsabilidad de la demandada; que por esto debía al caso en concreto aplicarse el test de laboralidad, para constatar dicha situación y que el mismo fue aplicado de manera correcta por la Jueza a quo. Que se encuentra totalmente de acuerdo con el Juzgado Superior, en que se aplicare el “test de laboralidad”, pero no se está de acuerdo a que se realizare una falsa y errónea aplicación de dicho test, desvirtuando la esencia y finalidad del mismo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 18 de octubre de 2011, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de legalidadsentenciatrabajoprocuraduríainadmision