Sentencia N° 434 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 434, Exp. 25-198, 16/10/2025
Expediente25-198
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-10-16
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 16 de octubre de 2025, declarando perecido el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada, MUNDO CORPORACIÓN, C.A., contra la decisión del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. La decisión se basa en que la parte recurrente no formalizó el recurso dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada recurrente sociedad mercantil MUNDO CORPORACIÓN, C.A., contra la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2024, por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con sede en la ciudad de San Carlos. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción ut supra mencionada. Particípese esta remisión al Juzgado Superior de origen ya identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 eiusdem. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despach
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada recurrente sociedad mercantil MUNDO CORPORACIÓN, C.A., contra la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2024, por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con sede en la ciudad de San Carlos.