Sentencia N° 434 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0434, Exp. 18-060, 28/05/2018
Expediente18-060
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-05-28
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por Eloina Coromoto Olivo Valles, debido a la falta de formalización del mismo en el plazo establecido. La parte actora había anunciado el recurso, pero no presentó el escrito correspondiente dentro del lapso de veinte días, lo que llevó a la Sala a considerar que el recurso había caducado.
Extracto de la motiva
De conformidad con la disposición contenida en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, será declarado perecido el recurso de casación, cuando la formalización no se presente en el lapso pertinente o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos en la norma. En ese contexto, establece el artículo in commento que admitido el recurso extraordinario comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de veinte (20) días consecutivos, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán presentar un escrito razonado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la ciudadana ELOINA COROMOTO OLIVO VALLES, contra la sentencia dictada en fecha 23 de octubre de 2017 por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.
Palabras clave
recurso de casaciónprotección de niñosformalizacióncostascomunidad conyugal