Sentencia N° 433 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de junio de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 433, Exp. 03-304, 26/06/2003
Expediente03-304
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-06-26
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social declara perecido el recurso de casación interpuesto por Edwin Segundo Reberol Torres contra Telas de Maracay, C.A., debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido. El recurso fue anunciado y admitido, pero no se presentó el escrito de formalización dentro del tiempo estipulado, que venció el 13 de mayo de 2003. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha diez (10) de marzo del año 2003, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, dictada en el juicio que por Accidentes del Trabajo, sigue el ciudadano EDWIN SEGUNDO REBEROL TORRES contra TELARES DE MARACAY, C.A.. En vista de la precedente declaratoria, la Sala no verificará la admisibilidad de este recurso de casación.- De conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.-
Dispositiva
La Sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha diez (10) de marzo del año 2003, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, dictada en el juicio que por Accidentes del Trabajo, sigue el ciudadano EDWIN SEGUNDO REBEROL TORRES contra TELARES DE MARACAY, C.A.. De conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.-
Palabras clave
recurso de casacionperecimientoaccidentes del trabajocostasjuzgado superiorprocedimiento civil