Sentencia N° 432 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de mayo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0432, Exp. 14-1599, 03/05/2016
Expediente14-1599
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-05-03
DecisiónAdmite
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Suministros y Obras, C.A. contra la sentencia del Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Trabajo que declaró con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en la potestad de la Sala para revisar decisiones que violenten normas de orden público laboral, y se establece que el recurso no ha sido interpuesto maliciosamente, existiendo motivos racionales para su admisión. Se ordena la continuación del procedimiento correspondiente.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa Suministros y Obras, C.A. (Sumiobras, C.A.) contra la sentencia publicada el 16 de octubre de 2014, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Trabajo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. En consecuencia a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzara correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.