Sentencia N° 429 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0429, Exp. 07-254, 14/03/2007
Expediente07-254
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Luis Eduardo Rincón Ortíz, quien alegó la infracción de derechos en relación a su incomparecencia a la audiencia. La Sala analizó el fallo impugnado y determinó que no se vulneraban normas de orden público laboral ni la doctrina establecida, por lo que el recurso fue declarado inadmisible.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte actora recurrente, la infracción por la recurrida del artículo 49 de la Constitución de la República, así como de la reiterada jurisprudencia emanada de esta Sala, al declarar el desistimiento del recurso de apelación por su incomparecencia a la celebración de la audiencia respectiva, por cuanto a su decir, existen motivos justificados y fundados de su incomparecencia a la referida audiencia.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 04 de diciembre del año 2006, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Palabras clave
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