Sentencia N° 428 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0428, Exp. 08-433, 31/03/2009
Expediente08-433
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-03-31
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del desistimiento del recurso de casación interpuesto por el ciudadano Pablo Vargas Montiel contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, declara desistido dicho recurso. La decisión se fundamenta en la manifestación del abogado del demandante, quien presentó el desistimiento en representación de su poderdante, y se verifica que tiene las facultades necesarias para ello. Además, se deja sin efecto un auto anterior que había fijado una audiencia pública.

Extracto de la motiva

En virtud del desistimiento manifestado por la representación judicial del recurrente y; luego de verificado las facultades con las que actúa el diligenciante, esta Sala declarará desistido el recurso de casación. Así se decide. Asimismo, visto que en fecha 5 de febrero del año 2009, se dictó un auto mediante el cual se fijó la audiencia pública y contradictoria para el día martes 24 de marzo de 2009, éste se dejará sin efecto.

Dispositiva

1º) declara DESISTIDO el recurso de casación propuesto por parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, de fecha 18 de octubre del año 2007; 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes; y 3º) Deja SIN EFECTO el auto dictado el 5 de febrero de 2009, mediante el cual se fijó la audiencia pública y contradictoria.

Palabras clave

desistimientorecurso de casacióntrabajocostassentencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca