Sentencia N° 42 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de octubre de 2020

TSJ/SCS, Sent. N° 042, Exp. 19-042, 20/10/2020
Expediente19-042
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2020-10-20
DecisiónADMITE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por Pedro Rafael Aristeo Torres González contra la sentencia del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Carabobo, que había declarado sin lugar la apelación. La Sala considera que el recurso no fue interpuesto maliciosamente y que existen motivos racionales para su admisión, dado que se alegan violaciones a disposiciones de orden público procesal.

Extracto de la motiva

de su decisión, se destruyen mutuamente, y lo dejan sin fundamento, pues al reconocer los vicios delatados en la apelación ejercida contra la sentencia de primera instancia y declararlos parcialmente con lugar, para luego confirmar la sentencia del a-quo, deviene en su nulidad conforme a lo previsto en el artículo 244 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, por cuanto aprecia esta Sala de Casación Social que el recurso no ha sido interpuesto maliciosamente, a la vez que existen motivos racionales para interponerlo, habida cuenta que con relación a la existencia de procesos judiciales paralelos relacionados con la custodia, existen criterios vinculantes dictados por la Sala Constitucional, en el dispositivo de este auto se admitirá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y se ordena seguir el procedimiento previsto en los artículos 489-E, 489-F y 489-G eiusdem, aplicables por remisión de aquél. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a transcurrir un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la parte demandante pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Dispositiva

ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano PEDRO RAFAEL ARISTEO TORRES GONZÁLEZ, contra la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2018, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.

Palabras clave

apelacióncustodianiñosadolescentesprocedimientojusticia

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