Sentencia N° 42 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de febrero de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0042, Exp. 14-1616, 25/02/2015
Expediente14-1616
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2015-02-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 25 de febrero de 2015, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra un fallo del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La sentencia recurrida había declarado con lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales, confirmando así la decisión de un juzgado inferior. La parte demandada argumentó que la sentencia era contraria a la doctrina de la Sala de Casación Social y a la jurisprudencia de la Sala Constitucional, pero el Tribunal consideró que la sentencia impugnada se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el capítulo anterior. La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada contra el fallo dictado por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 05 de noviembre del año 2014, de conformidad con lo dispuesto en el aparte in fine del artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, SEGUNDO: Declara FIRME el mencionado fallo.

Palabras clave

control de la legalidadprestaciones socialesinadmisionjurisprudenciaorden público laboral

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