Sentencia N° 42 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0042, Exp. 10-914, 14/03/2013
Expediente10-914
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-03-14
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia el 14 de marzo de 2013, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. Se argumentó que la formalización del recurso no se realizó dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a la declaración de su perecimiento. La decisión se fundamenta en el análisis de los plazos y requisitos para la interposición del recurso de casación.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este sentido, se observa que anunciado oportunamente el presente recurso, el mismo fue formalizado en fecha 29 de junio de 2010, es decir, de manera extemporánea, razón por la cual esta Sala, declara perecido el presente medio de impugnación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 18 de mayo de 2010, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte demandada recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónprestaciones socialesderecho laboralprocedimientocostas