Sentencia N° 416 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de octubre de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 416, Exp. 23-257, 03/10/2023
Expediente23-257
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-10-03
DecisiónCONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Angélica Betzaid Díaz Machado contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La decisión de alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por Atilio José García Iturbe, revocando la decisión anterior que había declarado la caducidad de la acción. El tribunal concluyó la fase de sustanciación del recurso de casación, entrando el asunto en estado de fijación de audiencia.
Extracto de la motiva
Por su parte, el artículo 489-D de la citada Ley preceptúa que el lapso único y perentorio para la formalización del recurso de casación anunciado es de veinte (20) días consecutivos, más el término de la distancia si fuera el caso, lapso que se computa a partir del día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se otorgan para el anuncio, ello atendiendo a lo dispuesto en el artículo 455, literal b) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Formalizado el recurso, la ley adjetiva consagra que la contraparte podrá dentro de los veinte (20) días consecutivos siguientes al vencimiento del lapso para formalizar, presentar el escrito de contestación con los argumentos que a su juicio contradigan los alegatos del o de la formalizante, (véase el artículo 489-E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: Mediante auto de fecha 7 de junio de 2023 el Juzgado Superior Primero del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, admitió el recurso de casación anunciado el 6 de junio de 2023, por la parte demandada recurrente, enfatizando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el día martes 6 de junio de 2023, razón por la que se considera que lo ejerció dentro de la oportunidad legal correspondiente. Recibido el expediente, se ordenó practicar por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 489-D y 489-E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cuyo auto la Secretaria de la Sala, hace constar que el inicio del lapso para formalizar el recurso de casación, comenzó a transcurrir según se desprende del auto de admisión, el día miércoles 7 de junio de 2023 -día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo- y venció el día lunes 26 de junio de 2023. Ello así, se observa de la referida certificación que la parte tuvo oportunidad para presentar el escrito de formalización hasta el día lunes 26 de junio de 2023, denotándose que la parte codemandada recurrente presentó el escrito de formalización ese mismo día, razón por la cual se considera que consignó el escrito dentro de la oportunidad procesal correspondiente. Asimismo, el lapso para que la contraparte contestare o impugnare mediante escrito contentivo de los argumentos que, a su juicio, contradigan los alegatos del formalizante feneció en fecha domingo 16 de julio de 2023, teniendo las partes no recurrentes para presentar el escrito de contestación del recurso de casación hasta el día lunes 17 de julio de 2023, primer día hábil siguiente.
Dispositiva
CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 489-F de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará mediante auto separado.
Palabras clave
recurso de casaciónpaternidadniñosadolescentesprocedimientooportunidad legal