Sentencia N° 416 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de abril de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0416, Exp. 08-350, 10/04/2008
Expediente08-350
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-10
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por Antonio José Castro contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo, que había declarado perimida la instancia en un juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala determinó que el recurso era perecido por falta de técnica, ya que la parte recurrente no cumplió con los requisitos necesarios para su formalización, según lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

Respecto a la formalización presentada, lo primero que debe señalar la Sala, es la manifiesta falta de técnica con la cual ella es propuesta por el formalizante. En efecto, este Alto Tribunal ha sostenido que de conformidad con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, constituye impretermitible necesidad de toda formalización, el que las denuncias de infracción planteadas por el recurrente, sean configurativas de un vicio de actividad o de juzgamiento, y por consiguiente, sean expresamente enmarcadas dentro de los ordinales consagrados en el artículo 168 eiusdem, así como también, debe necesariamente expresar los fundamentos que -según el recurrente- justifiquen la nulidad del fallo. Siendo ello así, la parte recurrente, no cumplió con los requisitos básicos para la presentación del escrito de formalización de este especialísimo recurso, por lo que en atención a los razonamientos que anteceden se declara perecido por falta de técnica el recurso de casación bajo análisis, con fundamento en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, tal y como quedará expresamente establecido en el dispositivo del fallo. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO por falta de técnica el recurso de casación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Antonio José Castro contra la decisión publicada el 16 de noviembre de 2007 por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de diferenciasprestaciones socialesperención de instanciarecurso de casaciónfalta de técnicaderechos laboralesdebido procesoigualdad ante la ley

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