Sentencia N° 412 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de junio de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 412, Exp. 02-204, 27/06/2002
Expediente02-204
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-06-27
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de Trujillo. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del mismo. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de octubre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS, sigue el ciudadano PEDRO ASDRÚBAL BRICEÑO contra la sociedad mercantil HOTEL VALERALTA-INVERSIONES TURÍSTICAS LOS ANDES, C. A.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de octubre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo.

Palabras clave

recurso de casacionperecidocobro de prestaciones socialesjuzgado superiorcostasprocedimiento civiltribunal supremo de justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca