Sentencia N° 410 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de mayo de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0410, Exp. 10-351, 11/05/2012
Expediente10-351
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-05-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de nulidad interpuesto por Esintila María Rodríguez de Contreras contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras que declaró tierras ociosas. La Sala concluye que el acto administrativo impugnado es definitivo y afecta derechos de la recurrente, permitiendo así la procedencia del recurso de nulidad. En consecuencia, se declara con lugar el recurso de apelación y se anula la sentencia del Juzgado Superior Agrario que había declarado inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

En el caso de autos se recurre en vía de nulidad contra el acto administrativo dictado en fecha 17 de marzo del año 2009, por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en el cual se declaró tierras ociosas o incultas, inicio del procedimiento de rescate y acuerdo de medida cautelar de aseguramiento sobre el lote de terreno denominado Don Manuel, ubicado en el sector El Peñón, Parroquia El Guayabo del estado Yaracuy. Asimismo, se propone el presente recurso contra la autorización de ocupación e ingreso bajo medida cautelar de aseguramiento dictado en fecha 2 de abril del año 2009, por el referido ente agrario y contra la ejecución de la medida cautelar de aseguramiento dictada en fecha 6 de abril del año 2009, sobre el mismo fundo y en el marco del mismo acto administrativo de fecha 17 de marzo del mismo año. Observa esta Sala que dicho acto administrativo da fin al precitado procedimiento de declaratoria de tierras ociosas e incultas, y se erige como un acto definitivo que causa efectos permanentes si no es impugnado o revocado por el ente que lo dictó; y con respecto a las medidas cautelares de aseguramiento, así como el procedimiento de rescate, se constata que las mismas pudiesen afectar derechos que deben ser salvaguardados por los tribunales competentes, mediante el ejercicio del recurso de nulidad correspondiente.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por la parte actora contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 12 de febrero del año 2010; en consecuencia; se ANULA la precitada sentencia; y se ORDENA al ya citado Tribunal emitir decisión sobre el mérito de la controversia, pronunciándose sobre todos y cada uno de los alegatos que sustentan la pretensión, así como también sobre los argumentos de oposición al recurso.

Palabras clave

nulidadtierras ociosasmedida cautelarrecurso contencioso administrativo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca