Sentencia N° 410 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de mayo de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 410, Exp. 04-186, 06/05/2004
Expediente04-186
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2004-05-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso extraordinario de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que no se constató la violación de normas de orden público laboral como se alegaba. Se enfatizó que el recurso de control de la legalidad es excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

Conviene observar, que siendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma de la Ley Adjetiva Laboral transcrita ut supra; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Adicionalmente, la oportunidad para interponer el referido recurso está limitada, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y por intermedio de escrito, el cual no podrá exceder los tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues, tal inobservancia acarreará igualmente la inadmisibilidad de éste.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad intentado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 10 de febrero de 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Primero Superior del Trabajo y Coordinadora del Circuito Judicial de la referida Circunscripción Judicial, todo, a los fines de su distribución al Tribunal de Primera Instancia competente.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadrecurso extraordinariosentencia laboralorden público laboraljurisprudenciaexcepcionalidad

Normas citadas

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