Sentencia N° 41 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de febrero de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 41, Exp. 02-621, 06/02/2003
Expediente02-621
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-06
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto contra una sentencia del Juzgado Superior Séptimo Agrario. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que venció el 25 de noviembre de 2002. La Sala, en virtud de esta situación, no procederá a verificar la admisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, de conformidad con el artículo 254 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, comenzó a partir de la fecha del auto de admisión del mismo, es decir, en fecha treinta y uno (31) de octubre del año 2002 y venció el veinticinco (25) de noviembre del mismo año, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 257 de la Ley en aplicación, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de junio del año 2002, emanada del Juzgado Superior Séptimo Agrario, con sede en Trujillo, dictada en el juicio que por REIVINDICACIÓN, siguen los ciudadanos JOSÉ DAVID FERNÁNDEZ BENÍTEZ y LOPE MARÍA FERNÁNDEZ BENÍTEZ contra el ciudadano ÁNGEL MARÍA DELGADO VÁSQUEZ.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de junio del año 2002, emanada del Juzgado Superior Séptimo Agrario, con sede en Trujillo.
Palabras clave
recurso de casaciónperecimientojuzgado agrarioley de tierrasprocedimiento civilcostasreivindicación