Sentencia N° 407 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de mayo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0407, Exp. 12-088, 11/05/2012
Expediente12-088
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-05-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión impugnada revocó una sentencia anterior que había declarado con lugar la demanda, ordenando la reposición de la causa para la celebración de la audiencia preliminar. La Sala determinó que la decisión era interlocutoria y no ponía fin al juicio, por lo que no era susceptible de casación según lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Tal y como se ha señalado en innumerables fallos de este Máximo Tribunal, corresponde a esta Sala, pronunciarse, en definitiva, sobre la admisibilidad del recurso de casación, no obstante lo que al respecto hubiere resuelto el Juzgado Superior. Así las cosas, en el caso objeto de estudio, la sentencia impugnada a través del recurso de casación, revocó la decisión del Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que declaró con lugar la demanda, basada en la admisión de los hechos por parte de la accionada en virtud de su incomparecencia a la audiencia preliminar, ordenando así, la reposición de la causa al estado en el que A quo fije nuevamente dicho acto. No obstante lo anterior, ha dicho esta Sala que una vez declarada la admisión de los hechos, la parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, podrá apelar de dicha decisión, y en este mismo sentido, el fallo que resuelva la apelación propuesta, es susceptible de ser impugnado mediante el recurso extraordinario de casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, en fecha 3 de noviembre de 2010. No hay condenatorias en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
recurso de casacióndecisión interlocutoriaLey adjetiva laboralgravamenaudiencia preliminar