Sentencia N° 405 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de noviembre de 2019
TSJ/SCS, Sent. N° 0405, Exp. 18-240, 11/11/2019
Expediente18-240
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2019-11-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia concede fuerza ejecutoria a la sentencia n° 312245/08 dictada por la Corte Suprema del estado de New York, que disuelve el vínculo matrimonial entre Claudia Susana Cisneros Fontanals y Javier Macaya López Mancisidor. La solicitud de exequátur fue presentada por la demandante, quien argumentó que la sentencia extranjera cumplía con los requisitos establecidos en la Ley de Derecho Internacional Privado de Venezuela.
Extracto de la motiva
Motivado en virtud de la moción interpuesta por Eleanor Grosz, apoderado judicial de la Parte Demandante, se resolvió lo siguiente: VISTOS LOS AUTOS SE RESUELVE que el matrimonio entre CLAUDIA CISNEROS, Parte Demandante, y JAVIER MACAYA, Parte Demandada, se disuelve por motivo del abandono indirecto de la Parte Demandante por parte de la Parte Demandada, por un periodo de un año o más...(sic). … previo a la fecha de inicio de esta acción, de conformidad con la sección 170 (2) de la Ley Sobre Relaciones Domésticas. VISTOS LOS AUTOS SE RESUELVE que no existen órdenes judiciales con respecto al régimen de custodia, visita o mantenimiento, ni órdenes judiciales existentes emitidas de otros tribunales; VISTOS LOS AUTOS SE RESUELVE que se han cumplido los requisitos establecidos en la sección 240-1 (a-1) de la Ley Sobre Relaciones Domésticas y en consideración de la indagatoria anterior, de conformidad con las disposiciones; establecidas en el Acuerdo, las partes compartirán la custodia legal de los Hijos. Los Hijos residirán principalmente con la Parte Demandante, y la Parte Demandada tendrá acceso en su condición de padre a los Hijos de acuerdo con el Artículo V, sección B del Acuerdo; VISTOS LOS AUTOS SE RESUELVE que, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Acuerdo con relación a la manutención directa del menor (“Manutención directa del menor”) se resolvió:
Dispositiva
CONCEDE FUERZA EJECUTORIA a la solicitud de exequátur de la sentencia de divorcio n° 312245/08, dictada el 21 de diciembre de 2010, por la oficina 51 de la Corte Suprema del estado de New York, Estados Unidos de América.
Palabras clave
exequáturdivorciosentencia extranjeraderecho internacional privado