Sentencia N° 405 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de mayo de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 405, Exp. 04-098, 06/05/2004
Expediente04-098
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2004-05-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior del Trabajo. Se establece que el recurso no cumple con los requisitos de ley exigidos para su admisibilidad, a pesar de los alegatos de la parte recurrente sobre errores en la decisión del juez. La Sala concluye que las infracciones alegadas no han sido constatadas.

Extracto de la motiva

Establece de manera taxativa, el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, los requisitos que deben verificarse para la interposición del especialísimo recurso de control de la legalidad, así se tiene que: 1) Debe ser interpuesto contra las sentencias que provengan de un Tribunal Superior; 2) Dichas sentencias no deben ser recurribles en casación; 3) Debe ser solicitado ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) Que la sentencia recurrida violente o amenace violentar las normas de orden público o que la misma sea contraria a la reiterada jurisprudencia de esta Sala de Casación Social y; 5) Dicho recurso debe ser solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. En este mismo sentido, establece el artículo en comento que “...la declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión...”. Así pues, luego del análisis exhaustivo de las actas que conforman el presente expediente, esta Sala observa que el mismo no cumple con los requisitos de ley exigidos para su admisibilidad. Sin embargo, visto como han sido los alegatos de la parte recurrente, quien alega el error en el que incurre el Juez al contrariar la doctrina jurisprudencial de esta Sala en cuanto a la prescripción de las acciones, luego del pertinente análisis, se determina que tales infracciones no han sido constatadas, en consecuencia, habiendo verificado de manera profunda que el recurso de control de la legalidad interpuesto, de ninguna manera llena los extremos requeridos, esta Sala declara inadmisible la presente solicitud. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad, propuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 15 de enero de 2004, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen.

Palabras clave

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