Sentencia N° 403 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 403, Exp. 21-122, 13/08/2024
Expediente21-122
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2024-08-13
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte codemandada, Clínica Sanatrix, C.A., contra la decisión dictada el 9 de junio de 2021 por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La Sala argumenta que la pretensión de la parte recurrente no se ajusta a los fines del recurso, ya que no se evidencia que la decisión impugnada resuelva puntos esenciales no controvertidos en juicio ni que se hayan quebrantado preceptos legales que conduzcan a conocer del presente recurso.
Extracto de la motiva
Ahora bien, observa la Sala que la decisión contra la cual se solicita el recurso de control de la legalidad, deriva del reclamo ejercido contra la experticia complementaria del fallo en fase de ejecución de sentencia, en la cual la juez ad quem, considerando los argumentos esgrimidos en el recurso de apelación (conforme al escrito de reclamo presentado por la parte codemandada Clínica Sanatrix, C.A.), dio respuesta a los mismos, declarando parcialmente con lugar dicho recurso de apelación. En este orden de ideas, es necesario reiterar el carácter excepcional de la admisibilidad del recurso de control de la legalidad cuando se interponga contra autos dictados en ejecución de sentencia, de modo que su admisión quedará restringida a aquellos supuestos en que se resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o provean contra lo ejecutoriado, o modifiquen de manera sustancial lo decidido, en cuyo caso traen generalmente aparejada la violación a alguna norma de orden público, tal y como ha sido sostenido por esta Sala de Casación Social en sentencia Nº 505 de fecha 30 de julio de 2003 (caso: Santos Auro Fuentes contra Representaciones Reto, C.A.), cuyo criterio fue reiterado en sentencias números 694 del 9 de agosto de 2013 (caso: Viriato Da Silva Panelas contra Consorcio Contuy Medio Grupo A) y 1130 del 15 de noviembre de 2013 (caso: José Gregorio Prieto contra Frigorífico La Mansión, C.A. y otras). Visto lo anterior, de la revisión minuciosa efectuada a las actas procesales que conforman el presente asunto, se observa que la pretensión de la parte codemandada recurrente no se ajusta a los fines del recurso, pues no se evidencia que la decisión impugnada resuelve puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provea contra lo ejecutoriado o modifique de manera sustancial lo decidido, o se hayan quebrantado o vulnerado preceptos legales que conduzcan a conocer del presente recurso, por lo que es innecesario desplegar la actividad jurisdiccional de la Sala para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada, por tanto, resulta forzoso declarar inadmisible el presente recurso, conforme a lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en la jurisprudencia anteriormente mencionada, respecto a la forma discrecional y excepcional en que se ejerce la potestad revisora. Así se declara.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte codemandada sociedad mercantil CLÍNICA SANATRIX, C.A., contra la decisión dictada el 9 de junio de 2021, por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
control de la legalidadejecución de sentenciaadmisibilidadviolación de normasjurisprudenciaorden públicorecurso de apelación