Sentencia N° 402 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de mayo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0402, Exp. 04-1508, 04/05/2005
Expediente04-1508
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-05-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 4 de mayo de 2005, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Julio César Reyes contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Nueva Esparta, que había declarado sin lugar la apelación de la parte actora y con lugar la apelación de la parte demandada. La Sala analizó las denuncias de infracción de ley y concluyó que no existían defectos en la motivación del fallo recurrido, ya que la demandada había dado respuesta adecuada a la demanda y se había acogido al principio de la comunidad de la prueba.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Esos alegatos esgrimidos por la formalizante se refieren a presuntos defectos que afectarían la motivación del fallo, no denunciables ciertamente con apoyo en el ordinal 2° del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y en las figuras de errónea interpretación y falta de aplicación, como lo hace, sino en el ordinal 3° del mismo. No es cierto, por otra parte, que la recurrida presente tales defectos, pues en ella se establece de manera expresa, precisa y motivada, en respuesta a los alegatos en contrario de la apelación del actor, que la demandada sí dio contestación a la demanda en la forma exigida por el artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, y que la misma se acogió al principio de la comunidad de la prueba tanto en la contestación como en el curso del lapso probatorio, resultando a su juicio demostrados, con los elementos probatorios suministrados por el demandante, los extremos del recurso ejercido por su contraparte, en todo lo cual, se ajustó el sentenciador a las doctrinas reiteradas de la Sala sobre la materia. Es improcedente, en consecuencia, la presente denuncia, y así se declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación ejercido contra la sentencia definitiva de 23 de septiembre de 2004, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionesinfracción de leycomunidad de la pruebamotivación del fallosentencia definitivarecursos de casaciónderecho laboral

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