Sentencia N° 40 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de enero de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 040, Exp. 03-791, 20/01/2004
Expediente03-791
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2004-01-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por Francisco Antonio Oropeza, quien buscaba la revisión de una decisión de un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Trabajo. La Sala determinó que el recurso era inadmisible, ya que no se comprobó la infracción de normas de la Constitución y de la Ley Orgánica del Trabajo, lo que llevó a la declaratoria de inadmisibilidad del recurso. La decisión se fundamenta en la necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad de este tipo de recursos.
Extracto de la motiva
Ahora bien, por razón de que el recurso de control de legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, es oportuno dejar por sentado, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, ciudadano FRANCISCO ANTONIO OROPEZA, contra la sentencia de fecha 8 de septiembre del 2003, proferida por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, del Trabajo, y con Competencia Transitoria de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
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