Sentencia N° 396 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de abril de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0396, Exp. 14-258, 02/04/2014
Expediente14-258
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2014-04-02
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Monagas. La Sala determinó que el recurrente no señaló de manera expresa la violación de alguna norma de orden público que transgrediera el Estado de Derecho, limitándose a expresar su disconformidad con la decisión del juez de alzada. La Sala recordó que, según el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, puede conocer de casos que, aunque no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público. Sin embargo, en este caso, no se evidenció tal violación, lo que llevó a la declaratoria de inadmisibilidad del recurso. Finalmente, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, sin condenatoria en costas, y se ordenó el envío del expediente al Juzgado correspondiente.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine, la Sala observa del escrito del recurso de control de la legalidad que no se señala de manera expresa la violación de alguna norma de orden público que en definitiva transgrediera el Estado de Derecho. En efecto, de acuerdo con el escrito presentado, el recurrente se limitó a manifestar su disconformidad con la decisión dictada por el Juez de alzada porque, en su criterio, su no comparecencia a la audiencia preliminar se encuentra justificada, debido a que para la fecha de dicha audiencia se estaba cerrando la campaña electoral municipal, que al ser fin de año existía fuerte tránsito vehicular en la ciudad y que al llegar al recinto del Tribunal correspondiente, no se le permitió la entrada a la audiencia, lo que hace imposible entender el fundamento de su recurso y conlleva a la declaratoria de inadmisibilidad del medio de impugnación interpuesto. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

recursostrabajolegalidadadmisibilidadorden públicojurisprudencia

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