Sentencia N° 395 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0395, Exp. 05-1229, 10/03/2006
Expediente05-1229
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de marzo de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el abogado Osmel Antonio Malaver contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Carabobo. La Sala argumentó que la solicitud fue presentada por una representación judicial que no figuraba como parte en el juicio, lo que generó la inadmisibilidad del recurso por falta de especificidad y orden lógico jurídico.

Extracto de la motiva

Mediante escrito de fecha 4 de julio de 2005, el abogado Osmel Antonio Malaver Villarroel, interpone recurso de control de la legalidad, y al incoarlo indica que lo hace actuando con el carácter acreditado en autos. Ahora bien, de las actas que conforman el expediente sólo se puede determinar, que fueron los ciudadanos Rafael Eduardo Bula Blanco y Marisela Vargas de Bula, quienes otorgaron poder al mencionado abogado, siendo importante destacar, que los otorgantes confirieron tal poder con el carácter de demandados en la causa, pero al respecto, constata la Sala, que las codemandadas en el juicio lo son las empresas EL CENTINELA SEGURIDAD PRIVADA C.A. y SHOOTING CLUB C.A.. Siendo ello así, la Sala encuentra que la solicitud la interpone la representación judicial de unas personas naturales que no han figurado como partes en juicio, es decir, que no han sido demandantes ni demandados en la presente causa. Aunado a ello, la Sala constató que el escrito presentado carece de la necesaria especificidad y del orden lógico jurídico requerido para conocer de alguna denuncia, por lo que en todo caso, tal deficiencia no permite el conocimiento del mismo, lo cual hace inadmisible el recurso interpuesto. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad incoado por el abogado Osmel Antonio Malaver contra la decisión emitida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 27 de junio de 2005. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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