Sentencia N° 393 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de mayo de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 393, Exp. 03-066, 06/05/2004
Expediente03-066
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-05-06
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que declara perecido el recurso de casación interpuesto por los herederos de la ciudadana Evangelista Luisa Ruiz, contra la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario. La decisión de alzada había declarado sin lugar los recursos de apelación presentados por las partes. La Sala determinó que la formalización del recurso fue presentada fuera del lapso legal correspondiente, lo que llevó a la declaración de su perecimiento.

Extracto de la motiva

Conforme a la providencia emanada del Juzgado Superior Primero Agrario de fecha 10 de enero de 2003, es ese día cuando la precitada instancia admite el presente recurso de casación; entonces, a partir de la fecha ya mencionada, inclusive, comenzó a transcurrir el lapso de veinte (20) días continuos y consecutivos previstos legalmente para la formalización del extraordinario recurso de casación, de conformidad con el artículo 254 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Dicho lapso transcurrió en el presente caso, de la siguiente manera: mes de enero de 2003, los días 10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24,25,26,27,28 y 29, todos incluidos. Es decir, el dies ad quem del lapso de formalización del recurso de casación bajo examen, fue el día 29 de enero de 2003. Por lo tanto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil se declarará perecido el recurso, sin entrar a decidirlo, cuando la formalización ha sido presentada fuera del lapso legal correspondiente, como en efecto ha ocurrido en el presente caso, puesto que el escrito de formalización fue presentado el día 30 de enero de 2003. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación formalizado extemporáneamente por el abogado Antonio Anato, actuando en representación judicial de los ciudadanos BALBINO JOSÉ RUIZ, GISELA RAMONA RUIZ y MARÍA CONCEPCIÓN RUIZ herederos de la parte accionante, ciudadana EVANGELISTA LUISA RUIZ (+), contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario en fecha 16 de septiembre de 1999. De conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

recurso de casaciónacción reivindicatoriaperecimientojuzgado agrarioformalizacióncostasherederos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca