Sentencia N° 392 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0392, Exp. 15-1406, 26/04/2016
Expediente15-1406
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-04-26
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Zuleima Altuve González contra una decisión del Juzgado Superior del Trabajo de Guárico. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que la decisión impugnada no modificaba los términos de la sentencia definitiva y no proveía contra lo ejecutoriado.
Extracto de la motiva
Advierte esta Sala que el presente recurso de control de la legalidad, es ejercido contra una decisión dictada por un Juez Superior en fase de ejecución de sentencia. En este orden de ideas, es necesario reiterar el carácter excepcional de la admisibilidad del recurso de control de la legalidad cuando se interponga contra decisiones dictadas en ejecución de sentencia, de modo que su admisión quedará restringida a aquellos supuestos en que se resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o provean contra lo ejecutoriado, o modifiquen de manera sustancial lo decidido, en cuyo caso traen generalmente aparejada la violación a alguna norma de orden público, tal como se estableció en sentencia nº 505 del 30 de julio de 2003 (caso: Santos Auro Fuentes contra Representaciones Reto, C.A.), reiterado, entre otras, en sentencia n° 1130 del 15 de noviembre de 2013 (caso: José Gregorio Prieto contra Frigorífico La Mansión, C.A. y otras), que establece: Pues bien, de los hechos narrados precedentemente, se constata que la decisión objeto del presente recurso de control de la legalidad, fue dictada con posterioridad a la sentencia definitiva y antes de haber culminado la ejecución del fallo, la cual conoció y resolvió sobre un auto dictado en ejecución de sentencia, entendiéndose estos, como aquellos necesarios para el cabal cumplimiento de lo ordenado en la sentencia firme o para hacer efectiva las providencias y medidas que aseguren la ejecución de lo decidido.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia del 7 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.