Sentencia N° 390 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de mayo de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 390, Exp. 04-177, 04/05/2004
Expediente04-177
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-05-04
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 04 de mayo de 2004, declara desistido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano José Antonio Carreras Ortiz contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Nueva Esparta. La decisión se fundamenta en la no comparecencia del demandante a la audiencia oral. Además, se condena en costas al recurrente conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Vistas las actuaciones de trámite y sustanciación realizadas en el presente recurso de casación y el contenido del Acta de fecha 27 de abril de 2004 donde se deja constancia de la no comparecencia del demandante recurrente a la audiencia oral, pública y contradictoria, esta Sala, de conformidad con lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo declara DESISTIDO el referido recurso de casación interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de febrero de 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el procedimiento que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano JOSÉ ANTONIO CARRERAS ORTIZ, contra la sociedad mercantil TELEVISIÓN DE MARGARITA, C.A. (TELECARIBE). Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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