Sentencia N° 39 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de febrero de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 039, Exp. 15-570, 17/02/2016
Expediente15-570
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-02-17
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Roberto Alfonzo-Larraín Merckx contra una sentencia del Juzgado Tercero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala consideró que la decisión recurrida se ajustaba a derecho y no incurrió en las violaciones denunciadas por el demandado. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso, enfatizando que el alcance de la solicitud no se ajustaba a los fines del recurso de control de la legalidad.

Extracto de la motiva

El artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que aun cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de sus requisitos de admisibilidad. Además, la admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito, cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. En el caso bajo estudio, se acusa que la decisión del Superior incurre en el vicio de motivación contradictoria, y por ende, viola el segundo aparte del artículo 485 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolecentes.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Roberto Alfonzo-Larraín Merckx, contra la sentencia del 20 de abril de 2015 dictada por el Juzgado Tercero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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