Sentencia N° 382 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de abril de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0382, Exp. 13-856, 02/04/2014
Expediente13-856
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-04-02
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decide sobre un recurso de invalidación interpuesto por la sociedad UNIVERSAL SODEXHO SERVICES DE VENEZUELA S.A. contra una decisión del Juzgado Octavo de Primera Instancia que había declarado con lugar una demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala examina la admisibilidad del recurso de control de la legalidad, considerando que es potestad de la Sala revisar decisiones que violenten normas de orden público laboral. Tras el análisis, se concluye que la sentencia recurrida no incurre en las violaciones alegadas y se declara inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo que, no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Así, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, la representación judicial de la parte recurrente alega que se violó el contenido del artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, “ya que consideró que en autos había sido notificada la empresa SODEXHO PASS, la cual consideró el Tribunal de instancia una empresa distinta a la demandada UNIVERSAL SODEXHO SERVICES DE VENEZUELA S.A. (SODEXHO).” Asimismo, se alega la violación del artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, por falta de valoración de pruebas. Una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social estima que la sentencia recurrida no incurre en las violaciones que se le imputan; en consecuencia, visto que el alcance del control de legalidad ejercido interpuesto no se ajusta a los fines del recurso, debe forzosamente declararse su inadmisibilidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la representación judicial de los accionantes en el juicio principal y demandados en el proceso de invalidación, contra la sentencia publicada en fecha 13 de mayo de 2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Trabajo arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.