Sentencia N° 381 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de mayo de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0381, Exp. 16-0276, 15/05/2017
Expediente16-0276
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-05-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el CENTRO MÉDICO LOIRA C.A. contra la sentencia del Tribunal Octavo Superior del Trabajo. La decisión de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte actora y parcialmente con lugar el de la parte demandada, modificando la decisión del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. La Sala confirma la decisión impugnada y condena en costas a la parte demandada.
Extracto de la motiva
Conforme al criterio reiterado y pacífico de esta Sala de Casación Social, el vicio de inmotivación por silencio de pruebas se verifica cuando el juez omite total o parcialmente el análisis sobre una o todas las pruebas promovidas, incluso aquellas que a su juicio no son idóneas o no ofrezcan algún elemento de convicción, debiendo expresar siempre su criterio al respecto. A los fines de ser declarado el vicio enunciado, las pruebas promovidas y evacuadas en la oportunidad legal correspondiente, y que fueron silenciadas total o parcialmente en la sentencia, deben ser de relevancia para la resolución del caso. En este sentido, con base en disposiciones constitucionales, por aplicación del principio finalista y en acatamiento a la orden de evitar reposiciones inútiles, no se declarará la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, o no hace imposible su eventual ejecución.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO LOIRA C.A., contra la sentencia proferida por el Tribunal Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 28 de enero de 2016. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada. Se condena en costas del recurso a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en los artículos 61 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
silencio de pruebasinmotivaciónvaloración de pruebasmateria laboralLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimiento Civil