Sentencia N° 380 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0380, Exp. 05-1963, 10/03/2006
Expediente05-1963
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el Banco Occidental de Descuento, S.A.C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Primero Agrario. La decisión de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte demandante y la Sala determinó que la decisión no era susceptible de casación, ya que no cumplía con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de hecho propuesto por la parte demandante.

Extracto de la motiva

El Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda, Guárico, Amazonas y Vargas, con sede en el Municipio Chacao del Área Metropolitana de Caracas, al negar la admisión de los recursos de casación anunciados, lo hace conforme al siguiente sustento: 'En cuanto al tercer extremo, se observa que la sentencia dictada por este tribunal en fecha 3 de mayo de 2005, NO ES SUSCEPTIBLE, de tal recurso extraordinario de casación, por cuanto la misma, no es un auto dictado en ejecución de sentencia que resuelva puntos esenciales no controvertidos en el juicio, ni decididos en él; o los que provean contra lo ejecutoriado o lo modifiquen de manera sustancial, después que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios, tal y como lo establece el numeral 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil.'

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto contra el auto de fecha 3 de noviembre de 2005 dictado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda, Guárico, Amazonas y Vargas, con sede en el Municipio Chacao del Área Metropolitana de Caracas, que niega los recursos de casación propuestos por la parte demandante. De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

recurso de casacióndecisión interlocutoriaCódigo de Procedimiento CivilLey de Tierras y Desarrollo Agrarioejecución de sentenciarecurribilidadcostasjuicio agrario

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