Sentencia N° 379 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 379, Exp. 22-323, 11/08/2023
Expediente22-323
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-08-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 11 de agosto de 2023, declara con lugar la demanda de tercería presentada por Rosio Elizabeth Benitez Carreyo, reconociendo su unión concubinaria con Luis Alberto Martínez Lugo desde el 8 de diciembre de 2002 hasta el 31 de enero de 2011. Asimismo, se declara sin lugar la demanda de concubinato putativo interpuesta por Yineira Maitte Castillo Espinoza. La decisión se fundamenta en la falta de buena fe de la demandante en tercería y en la existencia de pruebas que demuestran la relación estable entre las partes.
Extracto de la motiva
Analizado el contenido del fallo parcialmente transcrito ut supra, esta Sala de Casación Social estima el carácter de firmeza de la casación de oficio decretada mediante el fallo N° 041 de fecha 26 de mayo de 2021, respecto a las sentencias dictadas por el Juzgado Superior Accidental de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo el 24 de octubre de 2016, que declaró sin lugar la apelación interpuesta por la ciudadana Rosio Elizabeth Benítez Carreyo (tercera interviniente) y confirmó la decisión del 27 de julio de 2012, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la mencionada Circunscripción Judicial, que decidió “con lugar” la acción mero declarativa, reconociendo la unión estable de hecho entre los ciudadanos Luis Alberto Martínez Lugo y Yineira Maitte Castillo Espinoza, desde el 12 de noviembre del año 2007 hasta el 30 de enero de 2011; y la decisión de fecha 5 de febrero de 2019, emanada del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la apelación interpuesta por la ciudadana Rosio Elizabeth Benítez Carreyo, y “con lugar” la demanda de tercería, reconociendo la unión estable de hecho entre la tercera interviniente y el demandado ciudadano Luis Alberto Martínez Lugo desde el 12 de noviembre del año 2007 hasta el 30 de enero de 2011; razón por la que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 489-G de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Sala procede únicamente a emitir un nuevo pronunciamiento de fondo analizando la totalidad del acervo probatorio evacuado en la litis, en los términos siguientes: SENTENCIA DE MÉRITO CAPÍTULO I NARRATIVA De la demanda principal La ciudadana Yineira Maitte Castillo Espinoza, en su escrito libelar presentado el 11 de mayo de 2012, alegó la existencia de un “concubinato putativo” con el ciudadano Luis Alberto Martínez Lugo, asegurando que desde que se establecieron como pareja -en enero de 1993-, este último mantuvo clandestinamente su estado civil de casado durante gran parte del tiempo que ha perdurado de la relación sentimental -circunstancia que afirma la demandante haber desconocido-, hasta que incidentalmente se entera de ello, cuando el prenombrado ciudadano dejó olvidado unos documentos dentro de su hogar, entre los que se encontraba la sentencia de divorcio que disolvía el vínculo matrimonial que lo unió con la ciudadana Zulma Sofía Marrero Ramírez, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.054.085, proferida en fecha 24 de septiembre de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
Dispositiva
PRIMERO: IMPROCEDENTE la denuncia de 'colusión o simulación procesal', formulada por la ciudadana Rosio Elizabeth Benítez Carreyo; SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Yineira Maitte Castillo Espinoza contra el ciudadano Luis Alberto Martínez. TERCERO: CON LUGAR la demanda de tercería intentada por la ciudadana Rosio Elizabeth Benítez Carreyo contra el ciudadano Luis Alberto Martínez Lugo, reconociéndose su unión concubinaria (putativa y ordinaria) desde el 8 de diciembre de 2002 hasta el 31 de enero de 2011.
Palabras clave
unión estable de hechoconcubinato putativoterceríacasación social