Sentencia N° 379 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de junio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0379, Exp. 14-272, 05/06/2015
Expediente14-272
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-06-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en el juicio por cobro de acreencias laborales, confirma la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. La decisión se basa en la correcta valoración de las pruebas testimoniales presentadas, las cuales fueron consideradas claras y precisas por el tribunal inferior. La Sala concluye que no se incurrió en error en la interpretación de la ley, desestimando las alegaciones de la parte demandada sobre la valoración de los testigos.

Extracto de la motiva

El error en la interpretación de la Ley, ocurre cuando el Juez aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionado apropiadamente, yerra en la determinación de su verdadero alcance general y abstracto, haciéndose derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido, es decir, el sentenciador, aun eligiendo la norma correcta para la resolución de la controversia, yerra acerca del contenido y alcance de la misma (vgr. Sentencia N° 86 del 7 de febrero de 2014, caso: Marcos Armando Fernández contra Exxonmobil de Venezuela, S.A.). El asunto discutido consiste en determinar si la conclusión a la que arribó el Juez ad quem luego de valorar las pruebas testimoniales evacuadas en juicio, configura la infracción del artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. Cabe señalar que conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la valoración de las pruebas en materia laboral se rige por el sistema de la sana crítica, es decir, por la libre convicción razonada, de acuerdo con las reglas de la lógica y las máximas de experiencia. La Sala en sentencia N° 485 del 4 de junio de 2004 (caso: Salvador Montero contra Panamco de Venezuela, S.A.) lo define de la siguiente manera: (…) reglas del correcto entendimiento humano, eventuales y variables en relación con la experiencia, el tiempo y el lugar, las cuales no pueden desentenderse de los principios fundamentales de la lógica, que son verdades inmutables, estables y permanentes, anteriores a toda experiencia, y que constituyen la base de toda sentencia. Por tanto, se debe combinar este orden lógico con las conclusiones del juez luego de observar lo que ocurriría normalmente (…)

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil WWW.SUBASTAFISCAL.COM, C.A., contra la sentencia proferida el 20 de enero de 2014 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de acreenciassuponibilidad falsaincongruenciasentenciaprocedimiento civiltrabajopruebasapelación

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