Sentencia N° 376 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de abril de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0376, Exp. 10-1231, 02/04/2014
Expediente10-1231
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-04-02
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Yanet Margarita Pacheco contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La Sala determinó que la decisión recurrida era impugnable mediante recurso de casación, lo que descartaba la posibilidad de recurrirla a través del control de la legalidad. Se concluyó que la actora había cometido un error de calificación del objeto de la demanda, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, de conformidad con el artículo 165 eiusdem y el criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A.; y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En tal sentido, pasa esta Sala de Casación Social a verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos, y al respecto observa: En primer lugar, se evidencia que en su escrito recursivo la actora alega que la decisión recurrida no es impugnable mediante recurso de casación, en virtud de que su objeto es “materia de estabilidad laboral”; sin embargo, del libelo de la demanda (cursante a los folios 1 y siguientes del expediente) se desprende que la misma versa sobre acreencias laborales, y que en ningún momento se demandan conceptos referentes a la estabilidad laboral. En este sentido, los conceptos demandados son: prestaciones sociales, vacaciones no disfrutadas y no pagadas, bono vacacional, intereses sobre prestaciones sociales, fracciones de utilidades y preaviso omitido por el patrono.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 29 de julio de 2010. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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