Sentencia N° 373 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de septiembre de 2026
TSJ/SCS, Sent. N° 373, Exp. 25-525, 29/09/2026
Expediente25-525
PonenteENEIDA ALEXANDRA MORENO PÉREZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-09-29
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso extraordinario de casación interpuesto por Aurora del Carmen González González, contra una decisión del Juzgado Superior Agrario que declaró sin lugar un recurso de hecho. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a la falta de presentación de la formalización dentro del lapso legal establecido, lo que conllevó a la declaración de su inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso extraordinario de casación, anunciado el 9 de junio de 2025 por la parte actora, contra la decisión emanada del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, de fecha 9 de mayo de 2025 que declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, confirmando la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la misma Circunscripción Judicial, del 22 de enero de 2025, que negó la admisión del recurso de apelación interpuesto el 15 de enero de 2025, contra la sentencia del 13 de diciembre de 2024, que declaró sin lugar la demanda incoada. A la vista de lo anterior, esta Sala considera necesario resaltar que el recurso extraordinario de casación, plantea en su interposición dos fases procesales importantes: i) la fase de anuncio y ii) la fase de formalización; siendo crucial entender que estas fases son preclusivas. Si no se cumple con el anuncio en el lapso legal, no hay acceso a la segunda fase y si se omite la formalización o se hace tardía, acarrea la consecuencia legal de pleno derecho denominada perecimiento del recurso.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora ciudadana Aurora del Carmen González González, titular de la cédula de identidad número V-10.906.787, contra la sentencia dictada el 9 de mayo de 2025, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Palabras clave
recurso de casaciónformalizaciónderecho agrarioprocedimiento civilinadmisioncostassentencia interlocutoria