Sentencia N° 372 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 372, Exp. 25-009, 13/08/2025
Expediente25-009
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-08-13
DecisiónPerecido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Grupo Smartcall, 811, C.A. 2020, contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo del Trabajo que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que la parte demandada no presentó el escrito de formalización del recurso dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a declarar perecido el recurso de casación.
Extracto de la motiva
Precisado lo anterior, de la certificación del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, se constata que el lapso para consignar la formalización, comenzó a transcurrir desde el día martes 17 de diciembre de 2024, día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo, ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y precluyó el día domingo 19 de enero de 2025, siendo este último día no hábil, por lo que se deja expresa constancia que el día hábil para formalizar fue el día lunes 20 de enero de 2025, empero la parte demandada no presentó el escrito de formalización del recurso, encontrándose vencido el lapso legal para la presentación del mismo. Asimismo, de la lectura de la diligencia de fecha 13 de diciembre de 2024 (folio 194, pieza 1), tampoco se evidencia que la representación judicial de la demandada recurrente, en la oportunidad de ejercer el recurso de casación haya esgrimido los fundamentos del mismo, circunstancia que habría obligado a la Sala a conocer de éstos, considerándose como una formalización anticipada del recurso, conforme al criterio establecido por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal en sentencia N° 1350 del 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.). Por lo antes expuesto, aún cuando fue anunciado oportunamente no puede esta Máxima Instancia conocer y decidir el recurso interpuesto por la parte demandada recurrente, sin que ello implique suplir la carga procesal correspondiente a dicha parte.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil GRUPO SMARTCALL, 811, C.A. 2020, contra la sentencia proferida el 6 de diciembre de 2024, por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.