Sentencia N° 372 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0372, Exp. 16-734, 10/05/2017
Expediente16-734
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-05-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Bridgestone Firestone Venezolana, C.A., contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La controversia se centró en la reclamación de diferencias en prestaciones sociales por parte del demandante, quien alegó discriminación en el cálculo de su liquidación de antigüedad en comparación con otros trabajadores.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurrente no cumplió con la técnica casacional requerida toda vez que se limitó a delatar el vicio de ultrapetita, sin indicar los motivos de casación contenidos en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No obstante lo anterior, esta Sala en aplicación de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procede al estudio de la denuncia. Aclarado lo anterior, y como quiera que el recurrente explanó sus argumentos, mediante los cuales, entiende la Sala, pretende denunciar básicamente que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de incongruencia, el cual debió subsumir en el numeral 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta Sala procede al examen de ello, atendiendo las consideraciones siguientes: De acuerdo con la doctrina pacífica y reiterada de esta Sala toda sentencia debe cumplir con el principio de exhaustividad que le impone al juez el deber de resolver sobre todo lo alegado en la demanda y la contestación y sólo sobre lo alegado, pues al resolver lo no pedido incurre en el vicio de incongruencia positiva, y si no resuelve lo pedido incurre en el vicio de incongruencia negativa.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia publicada el 2 de agosto de 2006, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia. SEGUNDO: SE ANULA el fallo; y, TERCERO: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Rafael Isnardi Braca Laya, contra la sociedad mercantil Bridgestone Firestone Venezolana, C.A.