Sentencia N° 372 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de abril de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0372, Exp. 04-1758, 28/04/2005
Expediente04-1758
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-04-28
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La sentencia de alzada había declarado con lugar el recurso interpuesto por la parte demandada, ordenando la reposición de la causa al estado de nueva admisión de la demanda. La Sala determinó que el recurso era inadmisible al tratarse de una decisión interlocutoria, lo que no permite su impugnación a través del control de la legalidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: 'El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación.' En el caso bajo análisis observa la Sala que el recurso de control de legalidad ejercido es contra una decisión interlocutoria tal como se especificó en la parte narrativa de la presente decisión. Ahora bien, al respecto, es de señalar que si bien la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que el mismo puede solicitarse contra las sentencias emanadas por los Tribunales Superiores del Trabajo, no señala expresamente que tipo de sentencias son las recurribles.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 25 de octubre del año 2004 emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Coordinadora Judicial del Nuevo Régimen Procesal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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