Sentencia N° 371 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de abril de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0371, Exp. 12-968, 01/04/2014
Expediente12-968
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-04-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de abril de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Administradora A-340, C.A. contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de indemnización por enfermedad ocupacional presentada por Nacer José Mustafa Parra. La Sala confirmó el fallo recurrido, considerando que la enfermedad del trabajador era agravada por el trabajo y que la empresa incumplió con las normativas de higiene y seguridad laboral.

Extracto de la motiva

(…) El sentenciador, confunde lo que se entiende en derecho como cuestión prejudicial, con la ejecutividad y ejecutoriedad de los actos administrativos y la suspensión de los efectos de estos últimos a través de una medida cautelar, instituciones distintas y de efectos y consecuencias jurídicas distintas. (…). La cuestión prejudicial dependerá que concurran los requisitos establecidos en la Ley, (…) desarrollados por la jurisprudencia (…). (…) resulta forzoso para este Tribunal declarar IMPROCEDENTE la prejudicialidad opuesta por la parte demandada. Se desecha la defensa opuesta por la parte demandada. (…) En el caso de marras se observa que la referida providencia administrativa ha sido dictada por una autoridad competente para resolver las controversias que susciten entre el patrono y el trabajador, acto éste que constituye la manifestación de voluntad de la Administración, y que conforme a los principios de ejecutividad y ejecutoriedad (principios éstos que colocan a la Administración en un plano de supremacía con respecto a los administrados) que revisten los actos administrativos, surten efectos jurídicos en la esfera subjetiva de sus destinatarios, hasta tanto no sean suspendidos mediante sentencia judicial, lo cual no ha ocurrido en el presente asunto, (…) resulta forzoso para este Tribunal declarar IMPROCEDENTE la prejudicialidad opuesta por la parte demandada. Se desecha la defensa opuesta por la parte demandada.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Administradora A-340, C.A., contra la sentencia proferida el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 10 de mayo de 2012; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

indemnizaciónenfermedad ocupacionalcasacióntrabajoderechos laborales

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