Sentencia N° 37 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de febrero de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 037, Exp. 22-299, 16/02/2023
Expediente22-299
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaAgraria
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2023-02-16
DecisiónIMPROPONIBLE EN DERECHO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara improponible el recurso de hecho presentado por el abogado José Cristóbal Álvarez en representación de ARTURO CELESTINO SOTO LORETO. La decisión se basa en que el recurrente no ejerció el recurso de casación previamente, lo cual es un requisito indispensable para la admisión del recurso de hecho. Además, se declara la nulidad de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario que había declarado inadmisible el recurso de hecho.
Extracto de la motiva
motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROPONIBLE EN DERECHO el recurso de hecho presentado por el abogado José Cristóbal Álvarez, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Arturo Celestino Soto Loreto. SEGUNDO: LA NULIDAD de la sentencia de fecha 2 de agosto de 2022, dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de la causa. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Sala de Casación Social, del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de febrero de dos
Dispositiva
PRIMERO: IMPROPONIBLE EN DERECHO el recurso de hecho presentado por el abogado José Cristóbal Álvarez, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Arturo Celestino Soto Loreto. SEGUNDO: LA NULIDAD de la sentencia de fecha 2 de agosto de 2022, dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico.