Sentencia N° 369 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0369, Exp. 11-429, 28/03/2014
Expediente11-429
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaAgraria
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-03-28
DecisiónAnula todo lo actuado

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por JULIO ERASMO SOSA contra la decisión del Juzgado Superior Agrario que ratificó una medida de protección agroalimentaria. La Sala determinó que el Juzgado de Primera Instancia Agraria era el competente para conocer del asunto, dado que no se trataba de un ente agrario, sino de una disputa entre particulares. La Sala anuló todo lo actuado y reponía la causa al estado en que se tramite por el procedimiento ordinario agrario.

Extracto de la motiva

La notoriedad judicial consiste en aquellos hechos conocidos por el juez en ejercicio de sus funciones, hechos que no pertenecen a su saber privado, ya que él no los adquiere como particular, sino como juez dentro de la esfera de sus funciones. En el caso que nos ocupa, el Juez Agrario de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, acertadamente se declaró incompetente, por las reglas sobre la competencia por la materia. Por lo que queda evidenciado, que por notoriedad judicial, arriba descrita concluye este Juzgador que si se encuentran involucrados los intereses de un Ente Agrario, por lo tanto, los jueces superiores agrarios son competentes para conocer o dictar, medidas que involucren una orden de hacer o no hacer contra un ente u órgano de la Administración Pública, derivada de una medida autónoma prevista en el artículo 207 de la Ley de Tierras.

Dispositiva

PRIMERO: ANULA todo lo actuado en la presente causa. SEGUNDO: SE REVOCA la medida de protección agroalimentaria ratificada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Zulia y Falcón mediante fallo de 13 de octubre de 2010. TERCERO: SE REPONE la causa al estado en que el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, tramite por el procedimiento ordinario agrario la presente solicitud de medida de protección agroalimentaria.

Palabras clave

medida de protecciónagroalimentarianulidadcompetenciajuez natural

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca