Sentencia N° 369 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de mayo de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 369, Exp. 03-111, 29/05/2003
Expediente03-111
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-05-29
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo. El recurso fue presentado por la ciudadana Migdalía del Carmen Piña Canelón contra las sociedades mercantiles Almacenes Cortés, C.A. e Inversiones Portal Trece, C.A. La Sala establece que el lapso para formalizar el recurso venció sin que se consignara el escrito correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha siete (07) de enero del año 2003, emanada del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, dictada en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue la ciudadana MIGDALIA DEL CARMEN PIÑA CANELÓN contra las sociedades mercantiles ALMACENES CORTÉS, C.A. e INVERSIONES PORTAL TRECE, C.A.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha siete (07) de enero del año 2003, emanada del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto.

Palabras clave

recurso de casacionprestaciones socialeslaboraljuzgado superiorestado laracódigo de procedimiento civil

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