Sentencia N° 366 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0366, Exp. 13-422, 28/03/2014
Expediente13-422
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-03-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de marzo de 2014, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil VÍVERES CARACAS, C.A. contra la decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo que había declarado la perención de la instancia. La Sala argumentó que la causa se encontraba en estado de sentencia y que la falta de notificación a las partes afectó su derecho a la defensa, lo que invalidó la aplicación de la perención.

Extracto de la motiva

La representación de la sociedad mercantil VÍVERES CARACAS, C.A. señaló en el escrito de fundamentación de la apelación que la causa se encontraba paralizada en estado de sentencia por lo que lo procedente era notificar a las partes por haberse roto la estadía en derecho; y, que no era procedente aplicar el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa por encontrarse el juicio en estado de sentencia aunado a que la parte recurrente revisaba el expediente. De acuerdo con los argumentos expuestos en la apelación, la Sala debe decidir sobre los siguientes puntos: 1) paralización de la causa; 2) el estado en que se encontraba la causa; y, 3) perención de la instancia.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por la sociedad mercantil VÍVERES CARACAS, C.A., contra la decisión proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 8 de febrero de 2013. SEGUNDO: ANULA el fallo apelado; y, TERCERO: REPONE la causa al estado de que el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas sentencie el mérito del asunto una vez haya notificado a las partes de la reanudación de la causa.

Palabras clave

nulidadperencióntutela judicial efectivaderecho a la defensa

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