Sentencia N° 366 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0366, Exp. 08-1928, 31/03/2011
Expediente08-1928
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2011-03-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte solicitante contra la decisión del Juzgado Superior Agrario. La apelación fue considerada inadmisible debido a la falta de fundamentación exigida por el artículo 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, que requiere que el apelante exponga las razones de hecho y de derecho que sustentan su recurso. La Sala enfatiza que el cumplimiento de este requisito es esencial para garantizar el debido proceso y la equidad en el procedimiento judicial.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto por la parte solicitante, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, en fecha 2 de octubre de 2008; y se REVOCA el auto de fecha 10 de octubre de 2008, proferido por el tribunal de la causa, conforme al cual se escucha el presente recurso de apelación.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto por la parte solicitante, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, en fecha 2 de octubre de 2008; y se REVOCA el auto de fecha 10 de octubre de 2008, proferido por el tribunal de la causa, conforme al cual se escucha el presente recurso de apelación.

Palabras clave

apelacioninadmisibilidadderecho agrariofundamentacionprocesoley de tierras

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