Sentencia N° 365 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de mayo de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0365, Exp. 12-068, 09/05/2012
Expediente12-068
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Agraria
Fecha de la decisión2012-05-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Luis Rafael Meléndez García en representación de César Augusto Rivero Figueroa. La decisión se basa en que el fallo interlocutorio impugnado no corresponde a los supuestos establecidos para la admisibilidad del recurso extraordinario de casación, ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de una interlocutoria que extinga el proceso.

Extracto de la motiva

El ad quem, al momento de admitir el presente recurso de casación, conforme auto de fecha 14 de diciembre de 2011, indica que el mismo cumple con el requisito de cuantía y es tempestivo; sin embargo, no indica absolutamente nada con respecto al tipo de sentencia recurrida. Así, es preciso señalar el criterio pacífico y diuturno de la jurisprudencia de esta Sala, con respecto a la potestad revisoria de la admisibilidad del recurso de casación por parte de este máximo Tribunal de la República, plasmado en sentencia N° 272 de fecha 7 de noviembre de 2001, expediente N° 2001-000421, (Caso: Zenahir Rodríguez de Ventura contra Jaime Ventura Rojas), Magistrado Ponente Omar Alfredo Mora Díaz, la cual establece lo siguiente: Punto previo en el fallo de casación, puede ser el de la admisibilidad del recurso (...) corresponderá a la corte (Tribunal Supremo de Justicia), como Punto Previo al decidir el recurso, pronunciarse sobre esa admisión, lo que puede hacer de oficio o por planteamiento hecho por la parte contraria en su escrito de impugnación (...). Por consiguiente, en atención a lo expuesto, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social procederá, en primer término, a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad del actual medio de impugnación.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por el abogado Luis Rafael Meléndez García, actuando en representación judicial del ciudadano CÉSAR AUGUSTO RIVERO FIGUEROA, contra la decisión interlocutoria proferida por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 5 de diciembre de 2011; y 2°) SE REVOCA el auto de fecha 14 de diciembre de 2011 que admitió el recurso anunciado.

Palabras clave

casaciónagriculturasentenciastribunalesinadmision

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