Sentencia N° 363 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 363, Exp. 22-341, 06/08/2024
Expediente22-341
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-08-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Sexto Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandante. La sentencia de alzada fue dictada el 13 de octubre de 2022, y el recurso fue anunciado el 17 de octubre de 2022, cumpliendo con los plazos establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

En este contexto, importa destacar que conforme a la legislación adjetiva laboral el recurso de casación está sometido a una serie de requisitos de tiempo, modo, lugar y monto; por lo que existe un término perentorio a tenor de lo dispuesto en el artículo 169 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para el anuncio de la vía recursiva, a saber, cinco (5) días hábiles contados a partir del vencimiento del lapso que se concede para la publicación de la sentencia. Por su parte, el artículo 171 de la citada ley preceptúa que el lapso para la formalización del recurso de casación anunciado es de veinte (20) días consecutivos, el cual se computa a partir del día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se otorgan para el anuncio. Asimismo, la mencionada ley adjetiva consagra que una vez consignado el escrito de formalización la contraparte podrá dentro de los veinte (20) días consecutivos siguientes al vencimiento del lapso para formalizar, presentar el escrito con los argumentos que a su juicio contradigan los alegatos del formalizante (véase artículo 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo). Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: El Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicó sentencia el 13 de octubre de 2022, siendo que la parte demandada anunció el recurso de casación en fecha 17 del mismo mes y año; destacando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el día jueves 20 de octubre de ese mismo año, razón por la que se considera que lo ejerció dentro de la oportunidad legal correspondiente. El lapso para formalizar el recurso de casación, más el término de la distancia, comenzó a transcurrir desde el día viernes 21 de octubre de 2022, -día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo-, y venció el día miércoles 9 de noviembre de 2022; siendo que la parte demandada recurrente, consignó escrito de formalización el 7 de noviembre de 2022, es decir, dentro de la oportunidad procesal correspondiente.

Dispositiva

PRIMERO: ADMITE el recurso de casación anunciado por la parte demandada el 17 de octubre de 2022, contra la decisión el 13 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase al Juzgado de Sustanciación de esta Sala a fin de que se continúe con la tramitación del recurso de casación anunciado por la demandada.

Palabras clave

recurso de casaciónplazos procesalesley orgánica procesal del trabajoadmisibilidadjurisdicción laboral

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