Sentencia N° 361 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de julio de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 361, Exp. 23-214, 10/08/2023
Expediente23-214
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-07-18
DecisiónConcluida la sustanciación del recurso de casación
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Juzgado Superior Tercero que había declarado sin lugar el recurso de apelación. Se admitió el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, concluyendo la fase de sustanciación del mismo. La decisión se fundamenta en la falta de pronunciamiento expreso del tribunal inferior sobre la admisión del recurso, lo que llevó a la Sala a instar a una correcta administración de justicia.
Extracto de la motiva
De acuerdo con la decisión anterior y el criterio vinculante de la Sala Constitucional acogido en la misma, al haberse constatado la falta de pronunciamiento del Tribunal Superior sobre la admisión o negativa del recurso anunciado tempestivamente por la parte demandada recurrente, lo procedente en principio es reponer la causa al estado de que la ad quem se pronuncie sobre su admisión y comience nuevamente el lapso de formalización. Sin embargo, a los fines de garantizar a las partes la tutela judicial efectiva, el debido proceso, el derecho a la defensa y la consecución de la justicia como fin último del proceso, consagrados en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, considera la Sala que para sanear el trámite procedimental del recurso y subsanar la incertidumbre que ocasionó la omisión la Juez de Alzada sobre la admisión del recurso de casación, resulta inútil decretar la reposición de la causa al estado en que se admita o rechace expresamente el aludido recurso anunciado oportunamente por la parte demandada, razón por la cual, en ejercicio de su facultad para resolver en definitiva sobre la admisibilidad del recurso de casación, se observa que el referido mecanismo de impugnación fue anunciado el 11 de mayo de 2023, esto es, al primer día de despacho siguiente a la publicación del fallo recurrido. Asimismo, dicha sentencia se trata de una decisión definitiva dictada por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, referida a una acción de impugnación de reconocimiento de paternidad, es decir, al estado y capacidad de las personas, razón por...
Dispositiva
Se admite el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandada recurrente -ciudadano BENJAMÍN ANTONIO BRITO VÁSQUEZ-. Así se decide.
Palabras clave
paternidadcasacióndebido procesotutela judicialderecho a la defensaprotección de niños