Sentencia N° 359 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de mayo de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 359, Exp. 03-110, 22/05/2003
Expediente03-110
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-05-22
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el 17 de enero de 2003 y venció el 1° de marzo del mismo año. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha trece (13) de agosto del año 2002, emanada del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, siguen los ciudadanos JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ PARRA y ALMICAR ANTONIO MENDOZA contra la sociedad mercantil VENEZOLANA DE PREVENCIÓN DE OCCIDENTE, C.A. (VEPRECA DE OCCIDENTE, C.A.).
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha trece (13) de agosto del año 2002, emanada del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto.
Palabras clave
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